Viernes 18 de septiembre de 2009, por Miriam Belén Ramírez (actualizado el 26 de junio de 2009)
LA FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO DE NIVEL 1: ANÁLISIS DE LOS PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL (PCPI)
Lo que pretendo con este artículo es mostrar las posibilidades de formación para la inserción profesional del alumnado que sufre el fracaso escolar en la ESO. Para ello realizo un análisis de los Programas de Cualificación Profesional Inicial (en adelante PCPI), en aspectos tan importantes como los que se detallan a continuación, mediante la respuesta a una serie de preguntas que sirven para desenmarañar y aclarar las dudas a padres/madres, alumnos/as y profesionales de la educación que saben de la existencia de estos programas pero no logran descifrar su verdadera utilidad.
Voy a desarrollar los contenidos de este artículo en los siguientes puntos, para que la información sea lo más clara, concisa y correcta posible. Todos estos apartados están refrendados en la normativa específica que los regula:
1. ¿Qué son los PCPI?
2. ¿Cuáles son los requisitos de acceso a estos programas?
3. ¿Qué duración tienen estos Programas?
4. ¿Cómo se estructuran estos programas?
5. Cuadro comparativo PGS-PCPI
6. ¿Cuál es la oferta de PCPI en Andalucía?
7. ¿Quiénes pueden impartir los PCPI?
8. ¿Qué quiere decir que “otras entidades o instituciones” puedan impartir los PCPI?
9. ¿Existen subvenciones para el desarrollo de los PCPI?
10. ¿Deben de responder a un perfil profesional?
11. ¿Cuáles son los perfiles profesionales de los PCPI existentes en Andalucía?
12. ¡¡¡Veamos a modo de ejemplo un perfil profesional !!!
1. ¿Qué son los PCPI?
Las siglas PCPI, son lo que la LOE en su art.30 define como Programas de Cualificación Profesional Inicial. Los PCPI se establecen como una medida de atención a la diversidad que contribuirá para evitar el abandono escolar previo a la finalización de la secundaria obligatoria (ESO). Mediante estos Programas se abre una expectativa de formación para el alumnado con fracaso escolar en la ESO, y les dará acceso a una vida laboral cualificada.
2. ¿Cuáles son los requisitos de acceso a estos programas?
Estos programas, como he mencionado anteriormente, están dirigidos a alumnado con fracaso escolar en la ESO, es decir que carezcan del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y que cumplan los siguientes requisitos:
Deberán de ser jóvenes menores de 21 años y que cumplan 16 años en el año natural de comienzo del programa.
También jóvenes, que cumplan el margen de edad anteriormente indicado, y que además estén diagnosticados con necesidades educativas especiales por diferentes grados y tipos de capacidades personales de orden físico, psíquico o cognitivo o sensorial.
Excepcionalmente, podrán incorporarse jóvenes de 15 años de edad, que habiendo realizado el segundo curso de la ESO, no estén en condiciones de promocionar al tercer curso y que hayan repetido una vez en esta etapa; con estos alumnos es necesario el acuerdo con sus padres o tutores legales.
3. ¿Qué duración tienen estos Programas?
Según el artículo 13 de la Orden de 24 de junio de 2008, por la que regulan los PCPI, estos programas tendrán una duración mínima de 1800 horas, distribuidas en dos cursos académicos, que dispondrán como mínimo de 900 horas cada uno.
4 ¿Cómo se estructuran estos programas?
Según lo establecido en el Decreto 231/2007 de 31 de julio, los PCPI incluirán tres tipos de módulos: módulos específicos, que desarrollarán las competencias del perfil profesional, módulos de formación general, que posibilitan el desarrollo de las competencias básicas y favorecen la transición desde el sistema educativo al mundo laboral, y módulos conducentes a la obtención del título en Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Los dos primeros serán obligatorios para el alumnado y los terceros tendrán carácter voluntario. Tras superar los módulos obligatorios, los alumnos desarrollarán un periodo de formación en centros de trabajo, con una duración mínima de 100 horas.
5. Cuadro comparativo PGS-PCPI

6. ¿Cuál es la oferta de PCPI en Andalucía?
La Consejería de Educación ha autorizado la implantación de un total de 540 Programas correspondiente a 19 perfiles profesiones, oferta que se irá ampliando progresivamente en los próximos cursos. También se ha establecido una oferta de programas específicos para el alumnado con necesidades educativas especiales que no puedan integrarse en un programa ordinario. Los grupos que cursen estas enseñanzas estarán integrados por un máximo de 20 alumnos/as y en el caso de que se trate de alumnado con necesidades educativas especiales de apoyo educativo se impartirán clases a grupos de 12 alumnos/as.
7. ¿Quiénes pueden impartir los PCPI?
Podrán impartir estos programas centros docentes públicos, centros docentes privados y otras entidades o instituciones, todos ellos requieren la previa autorización de la Consejería competente en materia de educación. Según se desprende de lo establecido en los artículos 5, 6, 7 y 8 de la norma que regula estos PCPI en Andalucía, en concreto, la Orden de 24 de junio de 2008.
Después del análisis de estos artículos se nos plantea la siguiente duda:
8. ¿Qué quiere decir que “otras entidades o instituciones” puedan impartir los PCPI?
La respuesta la encontramos en el artículo 8 de la cita Orden, dónde se especifica que otras entidades o instituciones hacen referencia a: “….corporaciones locales, asociaciones profesionales, organizaciones no gubernamentales y otras entidades empresariales o sindicales en las condiciones que se establezcan…”.
Es importante señalar que los programas que se desarrollen en estas entidades deberán de estar adscritos a un centro docente público a efectos de emisión, custodia y archivo de los documentos de evaluación y de las certificaciones correspondientes. Quedará especificado en la autorización de la Consejería competente en materia de educación.
9. ¿Existen subvenciones para el desarrollo de los PCPI?
La respuesta es sí. Se ha aprobado una convocatoria para la concesión de subvenciones. Esta convocatoria ha sido publicada en la Orden de 8 de enero de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para concesión de subvenciones a corporaciones locales, asociaciones profesionales y organizaciones no gubernamentales para el desarrollo de programas de cualificación profesional inicial en el curso 2009/2010. El texto de la Orden de 3 de enero de 2009, aparece publicado en el BOJA número 31, de 16 de febrero de 2009. La solicitud de la subvención la encontramos en el anexo 1 de la citada orden. Es aconsejable consultar el calendario de información que podemos encontrar en la página web de la consejería de educación de la junta de Andalucía.
10. ¿Deben de responder a un perfil profesional?
Sí, debe permitir que el alumnado alcance las competencias profesionales propias de una cualificación de nivel uno de la estructura actual del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales creado por la Ley Orgánica 5/2000, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. Es decir, debe de dotar al alumnado de posibilidades reales para una inserción sociolaboral satisfactoria. Los contenidos del perfil profesional de cada programa de cualificación profesional inicial, quedan regulados el artículo 4 de la Orden de 24 de junio de 2008.
11. ¿Cuáles son los perfiles profesionales de los PCPI existentes en Andalucía?
Los perfiles profesionales existentes son muy variados, desde Auxiliar en agricultura y transformación agroalimentaria, pasando por Ayudante de cocina o Ayudante de carpintería, hasta Auxiliar de tapicería o auxiliar de alojamientos, pero el más curioso, sin duda, es el perfil de Reparador de calzado y marroquinería y creación de pequeños artículos de guarnicionería. En total existen 19 perfiles profesionales diferentes, los cuales intentan responder a la necesidad de cualificación de un alumnado con fracaso escolar que necesita insertarse en el mercado de trabajo, con al menos, una cualificación profesional de nivel 1.
Una vez resueltas las cuestiones anteriormente planteadas, sería adecuado analizar un perfil profesional.
12. ¡¡¡Veamos a modo de ejemplo un perfil profesional!!!
Para poder dar una mayor utilidad a este artículo, analizaré un perfil profesional existente en la provincia de Córdoba, como es el de Auxiliar de Mantenimiento de Vehículos.
Está regulado en la Resolución de 1 de septiembre de 2008, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por la que se establece el perfil profesional de Auxiliar de Mantenimiento de Vehículos y el currículo del Programa de Cualificación Profesional Inicial. Su duración es de 532 horas, y pertenece a la Familia Profesional de Transporte y mantenimiento de vehículos, según se desprende de lo establecido en el artículo 2 de la Resolución anteriormente mencionada. La competencia general que adquirirá el alumnado que lo curse, será de “realizar operaciones auxiliares de mantenimiento en las áreas de carrocería y electromecánica……….bajo la supervisión de un técnico de nivel superior” (Artículo 3) Ejercerá su actividad en “los talleres de reparación y concesionarios de vehículos, así como en talleres para vehículos privados, industriales, agrícolas, de obras públicas, embarcaciones y material rodante ferroviario” (Artículo 6)
Los puestos de trabajo que desempeñará el alumnado que haya cursado este programa de cualificación profesional inicial, son:
Ayudante de carrocería
Operario en un taller de neumáticos
Auxiliar de almacén de recambios
Operario en talleres de reciclado de vehículos
Operario en empresas de sustitución de vidrios
Ayudante en el área de electomecánica
Operario en un taller de mecánica rápida.
Los alumnos que obtengan este perfil profesional, tendrán en un 90% una inserción profesional satisfactoria, además de la posibilidad de continuar estudiando Ciclos Formativos de Grado Medio.
BIBLIOGRAFÍA
ESCUDERO MUÑOZ, Juan M. y otros, 2005, Sistema educativo y democracia. Barcelona: Ediciones Octaedro, MEC y FIES (Colección Recursos, n° 77).
LÓPEZ FERNÁNDEZ, Pilar y otros, 2008, Programa de Cualificación Profesional Inicial. Guía didáctica Módulo Proyecto Emprendedor. Sevilla: Consejería de Educación.
MCMILLAN, Sandy, 2000, Cómo actuar mejor al comunicarse con los demás. Valencia: Editorial CISSPRAXIS.
ROMÁN, José M. y PASTOR, Estanislao, 1984, La tutoría. Pautas de acción e instrumentos del profesor-tutor. Barcelona: Editorial CEAC.
SÁNCHEZ SÁNCHEZ, Serafín, 1994, Manual del profesor de educación secundaria. Madrid: Editorial Escuela Española.